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8L/PL-0018 -
De armonización y simplificación en materia de protección del territorio y de
los recursos naturales
· PROYECTO DE LEY DE ARMONIZACIÓN
EN MATERIA DE PROTECCIÓN DEL TERRITORIO Y DEL MEDIO AMBIENTE (2014)
· ANTEPROYECTO DE LEY DE
ARMONIZACIÓN EN MATERIA DE PROTECCIÓN DEL TERRITORIO Y DEL MEDIO AMBIENTE
(Noviembre 2010)
1.- Consejo
Consultivo de Canarias
la mayoría de los informes ... emiten juicios y valoraciones
sobre un anteproyecto con un texto no del todo coincidente con el del
Proyecto ahora sometido a nuestro Dictamen, ...La razón de ser de
esta diferencia, ... probablemente obedece a que en diciembre de 2013 las
Cortes Generales aprobaron la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental.
El Proyecto de Ley modifica el Texto Refundido de las Leyes de
Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias
(TRLOTENC), aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y la
Ley 19/2003, de 14 de abril, de aprobación de las Directrices Generales
de Ordenación y las Directrices de Ordenación del Turismo, y deroga la
Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención de Impacto Ecológico.
en ocasiones el texto propuesto adolece de incorrectas
incursiones en el ámbito de la competencia estatal básica sobre medio
ambiente (omitiendo, contradiciendo o reproduciendo sólo parcialmente la
normativa básica) o en materia de contratación pública, o en el de la
competencia exclusiva del Estado sobre derecho civil
añade el Dictamen 466/2012, tal situación de dispersión normativa
se agrava con el PL que se dictamina... El Proyecto que ahora se
dictamina no acierta a enderezar esta situación... genera sin aparente
necesidad multitud de contradicciones y hasta antinomias dentro de una
misma ley reformada, o con otras que no han sido objeto de modificación
El PL que se dictamina no responde a este mandato armonizador y
simplificador de la legislación básica. Así, introduce novedades
conceptuales sin asegurarse de su coherencia con los que permanecen
vigentes, o utiliza una terminología que no permanece invariable en los
distintos apartados y preceptos de la misma ley, o no aborda la necesaria
simplificación procedimental, nada propone en la estandarización
documental de algunos de los componentes de los planes, ni ofrece una
armonización conceptual, ni tampoco hace frente a la tan necesaria
racionalización de la tipología de instrumentos de ordenación.
Ello se agrava por el hecho de no hacerse de forma literal la
incorporación del texto de la ley [Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
Evaluación ambiental] en la mayoría de las ocasiones, lo que constituye una
extralimitación competencial que podría conllevar la inconstitucionalidad
de la norma autonómica cuando altera el contenido de los preceptos
básicos.
éste introduce modificaciones en concretos preceptos de una ley
vigente (...TRLOTENC) sin también derogar otros concordantes con ellos,
generando antinomias dentro del mismo cuerpo legislativo
El abandono del principio de preceptiva planificación previa
parece apuntar a un cambio de modelo, que daría entrada al urbanismo de
proyecto en perjuicio del urbanismo de plan. ...En esta materia la redacción
propuesta por el PL no puede ser asumida. El principio de la
planificación previa constituye uno de los principales ejes vertebradores
del Derecho urbanístico. Así resulta de las diferentes Leyes urbanísticas
españolas, desde la de 12 de mayo de 1956
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